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Acreditar el seguro en vigor cuando pasas la ITV
Es importante ser conocedores que gracias a la entrada en vigor de la nueva reglamentación ITV, se aumentará la seguridad y sostenibilidad de los vehículos.
La medida quizás más importante es la que afecta directamente al seguro de circulación.
Antes de cualquier tipo de inspección de un vehículo , la estación ITV deberá comprobar previamente que el vehículo dispone de seguro obligatorio en vigor , nos podrán solicitar el recibo del seguro, si el no podremos pasar la ITV.
Desde Applus+ te informamos de cómo se realizará esta comprobación:
- Se realizará la consulta al Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, a través del sistema de intercambio telemático de información entre la Dirección General de Tráfico y las Consejerías de Industria de las Comunidades Autónomas.
- Si el seguro y su vigencia no consta en dicho registro, se solicitará al cliente la presentación del justificante de pago de la prima del seguro para el período en curso. Normalmente los datos del seguro se reflejan en este registro pero en el 3% de los casos no constan datos.
Este justificante deberá contener:
- Identificación de la entidad aseguradora
- Matrícula
- Período de validez
- Cobertura del seguro obligatorio.
Si no se acredita el vigor del seguro se informará al cliente que será motivo de ITV desfavorable.
En los siguientes casos no se exigirá la existencia de seguro obligatorio:
- Inspecciones de remolques ligeros (Vehículos con clasificación 40.XX).
- Duplicado de Tarjeta ITV con la inspección periódica en vigor (clase 02.09.).
- Actuaciones previstas en las clases 10.03.00 (pesaje a requerimiento de la autoridad competente) y 12.03.00 (voluntaria: pesaje).
Si tiene cualquier duda acerca de cómo acreditar su seguro para pasar favorablemente su ITV, no dude en consultarnos en nuestras oficinas Applus+.
Y no olvides que puedes pedir tu cita ITV en nuestra web o app.