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Carnet obligatorio
Hoy nos preguntamos si es obligatorio llevar físicamente el carnet de conducir. En tiempos gobernados por la tecnología, internet y los smartphones, la respuesta a esta duda parece clara. Veremos si lo es.
La Ley dice
Desde el mes de marzo de 2020, la Dirección General de Tráfico permite disponer del carnet de conducir en formato digital gracias a su aplicación MiDGT, que nace con ese propósito, entre otros. No obstante, la misma DGT insta a llevarlo en formato físico ante problemas de red o fallos tecnológicos que puedan surgir.
En el extranjero
Si viajas y conduces fuera de España, el formato físico se vuelve absolutamente imprescindible. No todas las autoridades de tráfico están preparadas para el formato digital y la ausencia del carnet podría acarrear problemas.
Carnet caducado
Bajo ninguna circunstancia debes conducir con el carnet caducado. Se considera una falta grave y, además de la consecuente sanción, conlleva la inmovilización del vehículo.
Multa
La multa por circular con el carnet caducado asciende a los 500€ y puede acarrear consecuencias penales. Por otra parte, la sanción por conducir en ausencia del carnet físico es de 100€.
El consejo desde Applus+ es no perder de vista el camino de la digitalización, asumiendo también que el formato físico sigue teniendo peso e importancia. Por nuestro lado, ponemos a disposición la mejor tecnología al servicio de una inspección técnica completa y eficiente.
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